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Decreto 2616 de 2013 · Circular 0093 de 2025

Calculadora del Cotizante 51: Pensión, CCF y ARL por días trabajados

Su empresa vincula empleados por contrato de trabajo durante menos de un mes, como personal doméstico o jornaleros. Aquí calcula en segundos el costo real de la planilla bajo la figura del trabajador dependiente de tiempo parcial, con la ARL correctamente liquidada sobre el mes completo y sin adivinar tramos.

SMMLV 2026 actualizado
Redondeo al peso exacto
Exclusivo para el Cotizante 51
Días trabajados8 días
IBC Pensión y CCF (2/4 SMMLV)$ 875.453
IBC ARL (fijo, 30 días)$ 1.750.905
Total planilla PILA estimado$ 184.230
Simulador exclusivo Cotizante 51

Calcule el costo de su empleado por días

Ingrese los días que trabajó el empleado en el mes y la clase de riesgo de su labor. El cálculo usa el SMMLV 2026 vigente ($ 1.750.905) y redondea cada aporte al peso entero más cercano, igual que en la PILA.

Cotizante 51 · Trabajador dependiente de tiempo parcial

Rango permitido: de 1 a 21 días. Por encima de 21 días, o con ingresos iguales o superiores a 1 SMMLV, la ley exige cotizar el mes completo como Cotizante 01.

Para periodos superiores a 21 días o salarios iguales/superiores a 1 SMMLV, la ley exige la cotización sobre el mes completo (30 días / 1 SMMLV) en el Régimen Contributivo ordinario.

La ARL es indivisible: se liquida siempre sobre 30 días y 1 SMMLV completo, sin importar cuántos días trabajó el empleado ese mes.

4.0% sobre el IBC del tramo Aporte obligatorio, 100% a cargo del empleador. El trabajador no tiene descuento por este concepto.
Exento en la PILA (0%) El Cotizante 51 ya está asegurado en el Régimen Subsidiado (Sisbén) o como beneficiario del Régimen Contributivo. No se descuenta salud.

Liquidación estimada

2 semanas reconocidas · Fracción 2/4 SMMLV

Costo Total Empleador

Pensión patronal (12%)$ 0
Caja de Compensación (4%)$ 0
ARL Fijo, sobre 1 SMMLV completo$ 0
Subtotal a cargo del empleador$ 0

Deducción al Trabajador

Pensión (4%)$ 0
Salud Régimen Subsidiado / beneficiarioExento
Subtotal descontado al trabajador$ 0
Total planilla PILA$ 0
Regla de tramos semanales

¿Cómo se fracciona el IBC de Pensión y CCF según los días trabajados?

La Pensión y la Caja de Compensación del Cotizante 51 se pagan por bloques de una semana, sobre la Cotización Mínima Semanal. La ARL, en cambio, se mantiene fija en todos los casos.

1 a 7 días
1/4 SMMLV
IBC: $ 437.727
8 a 14 días
2/4 SMMLV
IBC: $ 875.453
15 a 21 días
3/4 SMMLV
IBC: $ 1.313.179
Más de 21 días
Cotizante 01 obligatorio
Mes completo · 1 SMMLV
La ARL del Cotizante 51 se reporta siempre sobre 30 días y un SMMLV completo, independientemente del tramo que le corresponda en Pensión y CCF. El riesgo de accidente no se cubre a medias, así el empleado solo haya trabajado una semana.
El riesgo de hacerlo por su cuenta

¿Qué pasa si liquida mal a un empleado Cotizante 51?

La UGPP audita con frecuencia los pagos de trabajadores por días, como el personal doméstico. Un tramo mal calculado o una ARL fraccionada por error se traduce en requerimientos e intereses de mora.

Validamos preventivamente antes de radicar

Antes de afiliar, verificamos la situación previa del trabajador frente a salud y pensión para evitar traslados no solicitados y reprocesos con las entidades.

Calculamos el tramo correcto cada mes

Un día de más o de menos cambia el tramo de Pensión y CCF. Llevamos el control de los días reportados para que el IBC nunca quede mal liquidado.

Le entregamos los soportes de cada planilla

Guardamos el respaldo de cada liquidación mensual, listo para mostrarlo si la UGPP pide explicaciones sobre sus empleados por días.

Registro ante ARL Registro ante EPS Registro ante Caja de Compensación Registro ante Fondo de Pensiones

Preguntas frecuentes

Dudas comunes sobre el Cotizante 51

Debe tener un contrato de trabajo subordinado, laborar entre 1 y 21 días en el mes, ganar menos de un SMMLV mensual y estar ya asegurado en salud como afiliado al Régimen Subsidiado o como beneficiario del Régimen Contributivo.

El artículo 11 del Decreto 2616 de 2013 establece que el aporte a Riesgos Laborales nunca se fracciona por días ni semanas: se liquida siempre sobre 30 días y un SMMLV completo, a cargo 100% del empleador.

El esquema del Cotizante 51 deja de aplicar. La ley exige cotizar sobre el mes completo (30 días, 1 SMMLV) bajo el Régimen Contributivo ordinario como Cotizante 01, con aporte a salud incluido.

No. Es una estimación de referencia para presupuestar antes de pagar. La liquidación válida se genera en un operador de información autorizado; nosotros podemos hacer ese trámite por su empresa.

Deje de liquidar empleados por días a mano

Cuéntenos cuántos empleados Cotizante 51 tiene su empresa y le enviamos una cotización de la tercerización mensual de su planilla PILA, sin compromiso.

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