Su empresa vincula empleados por contrato de trabajo durante menos de un mes, como personal doméstico o jornaleros. Aquí calcula en segundos el costo real de la planilla bajo la figura del trabajador dependiente de tiempo parcial, con la ARL correctamente liquidada sobre el mes completo y sin adivinar tramos.
Ingrese los días que trabajó el empleado en el mes y la clase de riesgo de su labor. El cálculo usa el SMMLV 2026 vigente ($ 1.750.905) y redondea cada aporte al peso entero más cercano, igual que en la PILA.
Cotizante 51 · Trabajador dependiente de tiempo parcial
Rango permitido: de 1 a 21 días. Por encima de 21 días, o con ingresos iguales o superiores a 1 SMMLV, la ley exige cotizar el mes completo como Cotizante 01.
La ARL es indivisible: se liquida siempre sobre 30 días y 1 SMMLV completo, sin importar cuántos días trabajó el empleado ese mes.
2 semanas reconocidas · Fracción 2/4 SMMLV
Costo Total Empleador
Deducción al Trabajador
La Pensión y la Caja de Compensación del Cotizante 51 se pagan por bloques de una semana, sobre la Cotización Mínima Semanal. La ARL, en cambio, se mantiene fija en todos los casos.
La UGPP audita con frecuencia los pagos de trabajadores por días, como el personal doméstico. Un tramo mal calculado o una ARL fraccionada por error se traduce en requerimientos e intereses de mora.
Antes de afiliar, verificamos la situación previa del trabajador frente a salud y pensión para evitar traslados no solicitados y reprocesos con las entidades.
Un día de más o de menos cambia el tramo de Pensión y CCF. Llevamos el control de los días reportados para que el IBC nunca quede mal liquidado.
Guardamos el respaldo de cada liquidación mensual, listo para mostrarlo si la UGPP pide explicaciones sobre sus empleados por días.
Debe tener un contrato de trabajo subordinado, laborar entre 1 y 21 días en el mes, ganar menos de un SMMLV mensual y estar ya asegurado en salud como afiliado al Régimen Subsidiado o como beneficiario del Régimen Contributivo.
El artículo 11 del Decreto 2616 de 2013 establece que el aporte a Riesgos Laborales nunca se fracciona por días ni semanas: se liquida siempre sobre 30 días y un SMMLV completo, a cargo 100% del empleador.
El esquema del Cotizante 51 deja de aplicar. La ley exige cotizar sobre el mes completo (30 días, 1 SMMLV) bajo el Régimen Contributivo ordinario como Cotizante 01, con aporte a salud incluido.
No. Es una estimación de referencia para presupuestar antes de pagar. La liquidación válida se genera en un operador de información autorizado; nosotros podemos hacer ese trámite por su empresa.
Cuéntenos cuántos empleados Cotizante 51 tiene su empresa y le enviamos una cotización de la tercerización mensual de su planilla PILA, sin compromiso.