¿Qué requisitos exigen para abrir un local en Bogotá?
Abrir un establecimiento de comercio en Bogotá implica mucho más que conseguir el local y registrar la matrícula mercantil. Las autoridades distritales hacen operativos de Inspección, Vigilancia y Control (IVC) sin aviso previo y revisan que el negocio tenga su carpeta legal completa y vigente. En esta sección encuentras una guía por cada trámite: qué piden, ante quién y cuándo.
La carpeta legal en resumen
| Trámite | Entidad | Cuándo |
|---|---|---|
| Matrícula mercantil | Cámara de Comercio de Bogotá | Renovación anual, hasta el 31 de marzo |
| RUT | DIAN | Actualizar dentro del mes siguiente a cualquier cambio |
| RIT | Secretaría Distrital de Hacienda | Inscripción dentro de los 2 meses siguientes al inicio de actividades |
| Concepto de uso del suelo | Secretaría Distrital de Planeación | Antes de abrir y si cambia la actividad |
| Comunicación de apertura | Policía Nacional | Antes de atender al público |
| Concepto sanitario | Secretaría Distrital de Salud | Según visitas de inspección |
| Concepto técnico de Bomberos | Bomberos Bogotá (UAECOB) | Vigencia de 1 año |
| Derechos de autor | Sayco Acinpro (OSA) | Anual, si usas música o contenido audiovisual |
| Publicidad exterior visual | Secretaría Distrital de Ambiente | Avisos de 8 m² o más |
Los requisitos exactos cambian según tu actividad: un restaurante, un bar, una tienda y un hotel no tienen la misma carpeta.
¿Quieres abrir tu local sin dolores de cabeza?
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Preguntas frecuentes
¿Qué documentos debe tener un establecimiento de comercio en Bogotá?
Como mínimo, la matrícula mercantil vigente, el RUT, la inscripción en el RIT, el concepto de uso del suelo y la comunicación de apertura a la Policía. Según la actividad se suman el concepto sanitario, el concepto de Bomberos, la licencia de derechos de autor y el registro de publicidad exterior.
¿Cuándo se renueva la matrícula mercantil?
Cada año, a más tardar el 31 de marzo, ante la Cámara de Comercio de Bogotá.
¿Qué pasa si opero sin la documentación completa?
Las autoridades pueden aplicar medidas correctivas como multas, suspensión temporal de la actividad y, en los casos más graves, clausura del establecimiento.
¿Mi aviso necesita registro de publicidad exterior?
Solo si mide 8 m² o más. Los avisos más pequeños no se registran, pero deben cumplir las reglas de tamaño y ubicación.
¿Pueden tramitar la carpeta legal completa por mí?
Sí. En ASE preparamos, tramitamos y mantenemos actualizada la carpeta legal de tu establecimiento en Bogotá, y también gestionamos las afiliaciones y la planilla PILA de tus empleados.





